Access digital copies of guides and regulations publications from the Nebraska Game and Parks Commission.
Issue link: http://digital.outdoornebraska.gov/i/1522467
24 | Información de pesca: 402-471-0641 Carnadas y aromas: el cebo cortado es legal si el pescado utilizado ha sido adquirido legalmente y se han seguido los límites de tamaño, bolsa y posesión para esa especie y cuerpo de agua. También es legal pescar con cebos no dañinos. Se permiten el aceite de anís y otros aromas que no aturdan, maten ni dañen a los peces. Ranas leopardo y salamandras barradas (anteriormente tigre): todas las regulaciones que cubren el uso legal de peces como carnada también se aplican a estas especies. Las ranas leopardo sólo se pueden recolectar para uso personal, no para uso comercial. Cangrejos de río: no existe un límite de posesión diaria de cangrejos de río. Cualquier persona mayor de 16 años debe tener una licencia de comerciante de cebos para poder vender cangrejos de río. Los cangrejos de río pueden capturarse con anzuelo y sedal, a mano o con redes y trampas legales como se describe a continuación. No se necesita permiso para recolectarlos para uso personal. Redes y trampas para pescar: está prohibida la posesión o el uso de redes, trampas y equipos eléctricos capaces de aturdir a los peces, excepto lo siguiente: • Redes de cerco para carnada de malla cuadrada no metálica de 1/4 de pulgada únicamente y no más de 20 pies de largo y 4 pies de profundidad. • Redes de inmersión para carnada de malla cuadrada no metálica de 1/4 de pulgada. Ni el largo ni el ancho podrán exceder las 36 pulgadas. • Cebo para peces y trampas con cebo de material de malla cuadrada de 1/4 de pulgada con una longitud de 24 pulgadas o menos, un diámetro de 16 pulgadas o menos y una garganta de 2¼ pulgadas o menos de diámetro. Se levantarán todas las trampas para pececillos y se retirará el cebo al menos cada 24 horas. • Redes de desembarco, hechas de malla no metálica, utilizadas únicamente para desembarcar peces capturados con anzuelo y sedal. Trampas para tortugas: una trampa legal para tortugas mordedoras debe contener una garganta o embudo construido con una red de al menos 4 pulgadas cuadradas de malla. La trampa debe tener una entrada posible sólo desde arriba de la superficie del agua y debe permitir a las tortugas llegar a la superficie para respirar. La trampa debe revisarse personalmente al menos cada 24 horas y etiquetarse con una etiqueta de metal que indique el nombre, la dirección y el número de permiso de pesca o de licencia de conducir del propietario. Las trampas para tortugas sólo se pueden utilizar en aguas privadas y es ilegal vender, ofrecer a la venta o intercambiar tortugas mordedoras. Cualquier tortuga que exceda los límites de la bolsa diaria será liberada inmediatamente. REDES DE LANZAMIENTO • Sólo las redes arrojadas de hasta 10 pies de diámetro con un tamaño de malla que no exceda de 3/8 de pulgada cuadrada son artes legales. • Las atarrayas sólo se podrán utilizar durante los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre. • Las atarrayas se pueden utilizar únicamente para recolectar molleja y aloma. • La molleja y el sábalo vivos solo podrán utilizarse como cebo el mismo día de su captura y únicamente en la misma masa de agua donde fueron recolectados. • Las atarrayas podrán utilizarse para recoger cebo únicamente en las siguientes masas de agua: Noreste: • Embalse Calamus • Embalse de Davis Creek Sur oeste • Embalse Elwood • Embalse Farwell Sur • Embalse del Cañón Gallagher • Embalse del Condado de Harlan • Lago Johnson • Embalse Midway complex • Cañón Phillips Embalse • Embalse de Plum Creek • Embalse Sherman • Embalse Enders • Embalse Jeffrey • Lago Maloney • Embalse de Medicine Creek • Lago McConaughy • Embalse Red Willow • Embalse Sutherland • Embalse Swanson • Canal Tri-County desde la presa de desvío en el condado de Lincoln hasta el retorno J-2